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Unidad de Transparencia y Anticorrupción

UTA | FIUNA

La Ley N° 7389/2024 «Que establece el Régimen Nacional de Integridad, Transparencia y Prevención de la Corrupción de la República del Paraguay» constituye el marco normativo estructural que moderniza y unifica las políticas de gobernanza ética en el sector público. La norma instituye a la Contraloría General de la República (CGR) como el órgano rector y coordinador del régimen, facultándola para supervisar, articular y dictar los lineamientos generales en materia de prevención de la corrupción a nivel nacional.

En este marco general, el Capítulo III de la citada ley define específicamente la naturaleza, jerarquía y atribuciones de las Unidades de Transparencia y Anticorrupción (UTA).

Capítulo III
Unidad de Transparencia y Anticorrupción

Artículo 9°.- Naturaleza.
La Unidad de Transparencia y Anticorrupción, identificada con la sigla UTA, es una instancia operativa, técnica y especializada en la promoción de la integridad, transparencia y prevención de la corrupción en el ámbito de sus respectivas instituciones conforme a los lineamientos fijados por la CGR.

Los organismos y entidades señalados en el artículo 3° de la presente ley deberán contar con una UTA; aquellos que ya poseen una dependencia que responda a lo establecido en el párrafo anterior permanecerán con las mismas funciones a los efectos de la presente ley bajo la denominación UTA.

Artículo 10°.- Jerarquía y atribuciones.
Los Organismos y Entidades del Estado, designarán al área y personal que cumplirá el rol asignado en la presente ley a la UTA, de conformidad a su estructura orgánica institucional respectiva.
Los titulares de las UTA dependerán directamente de la máxima autoridad institucional respectiva.

Son atribuciones de la UTA:
a) Coordinar, implementar y supervisar las medidas del régimen de integridad, transparencia y prevención de la corrupción, dentro de sus respectivos organismos.

b) Recibir y registrar las denuncias ciudadanas presentadas por personas físicas que versen sobre supuestos hechos de corrupción e irregularidades administrativas cometidos por funcionarios públicos, y remitirlas a la CGR para aplicar el procedimiento previsto en el artículo 5° inciso b), de la presente ley.

c) Las demás que las leyes y reglamentos establezcan.

Resolución D N° 667/2025 Por la cual se aprueba el Plan Anual de Transparencia e Integridad Pública, correspondiente al Periodo 2025, de la Facultad De Ingeniería De La Universidad Nacional De Asunción.

UTA

Contacto

transparencia@ing.una.py
021 729 00 10  Int. 1978 

Ubicación

Bloque «A» de la FIUNA, Campus de la UNA | San Lorenzo